Ley 20.680

Artículo 16Recurso directo contra las sanciones

Texto oficial

La resolución administrativa que imponga sanciones podrá ser impugnada solamente por vía de recurso directo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal o ante las cámaras federales competentes. El recurso deberá interponerse y fundarse ante la misma autoridad que impuso la sanción, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la resolución; la autoridad deberá elevarlo con su contestación a la Cámara en un plazo de diez (10) días.

Qué significa en la práctica

La empresa sancionada podía apelar, pero solo mediante un recurso directo ante la Cámara Federal, presentado en 10 días ante la misma autoridad que la sancionó.
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