Ley 20.680

Artículo 20Ejecución fiscal de las multas

Texto oficial

La falta de pago de las multas hará exigible su cobro por el procedimiento de ejecución fiscal, constituyendo título suficiente de ejecución el testimonio de la resolución condenatoria firme expedida por el organismo de juzgamiento.

Qué significa en la práctica

Las multas impagas se cobraban por vía judicial rápida (ejecución fiscal), usando la resolución firme como .
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