Ley 20.680

Artículo 29Orden público y derogación previa

Texto oficial

La presente ley es de orden público; regirá desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y deroga el Decreto Ley 19.508/72, modificado por el 20.125/73. Las infracciones consumadas durante la vigencia de estos últimos serán penadas según sus disposiciones, aunque se hubieren comprobado con posterioridad.

Qué significa en la práctica

Declaraba la ley de orden público (no podía dejarse de lado por acuerdos privados) y derogaba la norma anterior de abastecimiento de 1972.
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