Resumen ejecutivo
La Ley de Sociedades del Estado (1974) reguló las Sociedades del Estado: capital íntegramente estatal (sin participación privada, ni siquiera transformándose), forma de S.A. en lo compatible, certificados nominativos negociables solo entre entes estatales, imposibilidad de quiebra (liquidación solo por ley), y exclusión de las leyes de contabilidad, obras públicas y procedimientos administrativos. Facultaba a transformar otras figuras (S.A. con mayoría estatal, economía mixta, empresas del Estado) en sociedades del Estado. Fue derogada por el 70/2023.Objetivo
Dar al Estado una forma societaria ágil (reglas de S.A.) para sus empresas, pero blindada: sin capital privado, sin quiebra y sin transformación en sociedad con privados.Problema que resuelve
El Estado necesitaba un molde societario flexible para sus empresas y servicios, distinto de las rígidas "empresas del Estado" (Ley de Empresas del Estado) y sin abrir la puerta a capitales privados.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes