Ley 22.707

Artículo 1Nueva unidad monetaria: el peso argentino

Texto oficial

A partir de una fecha que se fijará por decreto, y a más tardar el 30 de junio de 1983, el Banco Central de la República Argentina emitirá billetes y monedas, de curso legal, que circularán con la nueva denominación de "peso argentino" y con el símbolo "$a", sobre la paridad de un (1) "peso argentino" equivalente a diez mil (10.000) pesos (Peso Ley 18.188). La centésima parte del peso argentino se denominará "centavo".

Qué significa en la práctica

Crea el "peso argentino" (símbolo $a): cada peso argentino equivale a 10.000 pesos Peso Ley 18.188 (se le quitan cuatro ceros) y su centésima parte es el centavo. El Banco Central debía emitir los nuevos billetes y monedas a más tardar el 30 de junio de 1983.

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