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Ley 22.990

VigenteNacional

Ley de Sangre

Sanción:28 de noviembre de 1983BO:2 de diciembre de 1983Ver fuente oficial
1 reforma — ver historial
1983Texto original
2023Ley 27.708vigente

Sustituye los artículos 23 y 45: redefine al Banco de Sangre y actualiza el examen del donante, que pasa a evaluar conductas de riesgo individuales en lugar de la pertenencia a un grupo (fin de la exclusión por orientación sexual).

102artículos
1modif.
sangre humanadonación de sangrehemoderivadosbancos de sangreservicios de hemoterapiaSistema Nacional de Sangretransfusión
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la ley que organiza todo el sistema de sangre en la Argentina. Somete a control estatal todas las actividades vinculadas a la sangre humana (extracción, procesamiento, conservación, transfusión y elaboración de hemoderivados) y consagra dos principios centrales: la prohibición del lucro y la intermediación comercial, y la como acto voluntario, altruista y solidario. Crea el Sistema Nacional de Sangre, con un organismo rector y la red de servicios de hemoterapia, bancos de sangre y plantas de hemoderivados, y fija sus niveles de complejidad y habilitación. Regula los derechos y obligaciones de donantes y receptores, el examen médico previo, la autorreserva, el transporte y la importación de sangre, los registros y estadísticas, las inspecciones y un régimen de sanciones que va del apercibimiento y la multa a penas de prisión por el comercio ilegal de sangre. Fue reglamentada por el Decreto 1338/2004 y actualizada por leyes posteriores, en especial la Reforma de la Ley de Sangre (2023).

Objetivo

Organizar y controlar todas las actividades vinculadas a la sangre humana, garantizando su provisión segura sobre la base de la voluntaria y la prohibición del lucro.

Problema que resuelve

La sangre y sus derivados exigían un régimen integral que asegurara su calidad y trazabilidad, evitara su comercialización y organizara un sistema nacional de provisión.

A quiénes alcanza

donantes de sangrereceptores y pacientesbancos de sangre y servicios de hemoterapiaplantas de hemoderivadosprofesionales de la salud
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los bancos de sangre, servicios de hemoterapia y plantas de hemoderivados deben habilitarse y cumplir los patrones nacionales de calidad y los niveles de complejidad que fije la reglamentación.
  • Está prohibida toda intermediación comercial y todo lucro en la obtención, procesamiento y suministro de sangre humana.
  • Los establecimientos deben llevar registros, documentación y un libro de quejas, y someterse a las inspecciones periódicas.

Derechos que reconoce

  • Toda persona que reúna los requisitos de salud y edad puede donar sangre como acto voluntario y solidario, con derecho al examen médico previo y a la información de sus resultados.
  • El receptor de sangre no puede ser discriminado ni objeto de cobro indebido por la transfusión.

Sanciones

  • Sanciones administrativas: apercibimiento, multa, clausura e inhabilitación de los establecimientos.
  • Penas de prisión (de un mes hasta cinco años) y multa para quienes comercien o lucren ilegalmente con sangre humana o pongan en riesgo la salud, con inhabilitación profesional.

Casos de uso

  • Saber por qué la de sangre es voluntaria y gratuita y no puede comercializarse.
  • Conocer los requisitos para ser donante y los derechos del receptor.
  • Entender cómo se habilitan y controlan los bancos de sangre y las plantas de hemoderivados.

Preguntas frecuentes

Es la Ley de Sangre, que regula todas las actividades vinculadas a la sangre humana, sus componentes y derivados, y crea el Sistema Nacional de Sangre sobre la base de la voluntaria y la prohibición del lucro.