Ley 23.077

Artículo 33Delegación de la información sumaria

Texto oficial

La realización de esa información sumaria podrá ser delegada en el fiscal de primera instancia que haya intervenido durante la instrucción a quien el fiscal de Cámara dará directivas precisas.

Qué significa en la práctica

La información sumaria complementaria puede delegarse en el fiscal de primera instancia que intervino en la instrucción, con directivas precisas del fiscal de Cámara.

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