Ley 23.277

Artículo 5Ejercicio personal e indelegable

Texto oficial

El ejercicio profesional consistirá únicamente en la ejecución personal de los actos enunciados en la presente ley, quedando prohibido todo préstamo de la firma o nombre profesional a terceros, sean éstos psicólogos o no.

Qué significa en la práctica

El psicólogo debe ejercer en persona: no puede "prestar" su firma ni su nombre a terceros (sea otro psicólogo o no).

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