Artículo 2Función de los partidos: nominar candidatos
Texto oficial
Los partidos son
instrumentos necesarios para la formulación y realización de la
política nacional. Les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de
candidatos para cargos públicos electivos.
Las candidaturas de electores no afiliados podrán ser presentadas por
los partidos siempre que tal posibilidad esté admitida en sus cartas
orgánicas.
Qué significa en la práctica
Define a los partidos como instrumentos necesarios de la política nacional y les reconoce, en forma exclusiva, la facultad de postular candidatos a cargos electivos. Pueden presentar a personas no afiliadas si su carta orgánica lo permite.