Con anterioridad a la
elección de candidatos los organismos partidarios deberán sancionar una
plataforma electoral o ratificar la anterior, de acuerdo con la
declaración de principios, el programa o bases de acción política.
Copia de la plataforma, así como la constancia de la aceptación de las
candidaturas por los candidatos, deberán ser remitidas al juez federal
con electoral, en oportunidad de requerirse la
oficialización de las listas.
Del funcionamiento de los partidos
De la afiliación
Qué significa en la práctica
Antes de elegir candidatos, el partido debe sancionar o ratificar su plataforma electoral, acorde con su declaración de principios; copia de la plataforma y la aceptación de las candidaturas se remiten al juez electoral al pedir la oficialización de las listas.