Ley 23.660

Artículo 4Documentación anual ante la ANSSAL

Texto oficial

Las obras sociales presentarán anualmente ante la Administración Nacional del Seguro de Salud (ANSSAL): a) Programa de prestaciones médico-asistenciales; b) Presupuesto de gastos y recursos; c) Memoria general y balance del período anterior; d) Copia legalizada de todos los contratos de prestaciones de salud que celebre.

Qué significa en la práctica

Cada año las obras sociales deben presentar al organismo de control su programa de prestaciones, su presupuesto, su balance y los contratos de salud que firmaron.
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