Los instrumentos de promoción y fomento de la innovación podrán ser solicitados por las entidades adheridas a la presente ley de acuerdo con las siguientes modalidades: a) Proyectos de investigación y desarrollo: 1. Por las agrupaciones de colaboración. 2. Por las empresas que dispongan, creen o conformen, departamentos o grupos de investigación y desarrollo. 3. Por las unidades de vinculación que cuenten con un aval empresario; b) Proyectos de transmisión de tecnología y/o de asistencia técnica, cuya ejecución esté a cargo de una unidad de vinculación: Sólo por las empresas productivas.
Qué significa en la práctica
Detalla las modalidades para solicitar los instrumentos según se trate de proyectos de I+D o de transmisión de tecnología y asistencia técnica.