Ley 23.877

Artículo 11Prioridades

Texto oficial

A los fines del objeto de la presente ley, se deberán priorizar a: a) La micro, pequeña y mediana empresa, adoptando como criterio para su definición, el establecido por la resolución 401/89 del Ministerio de Economía; b) Aquellos proyectos que sean de interés nacional, provincial o de una actividad sectorial.

Qué significa en la práctica

Prioriza a las micro, pequeñas y medianas empresas y a los proyectos de interés nacional, provincial o sectorial.

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