Ley 23.984

Artículo 179Responsabilidad del denunciante

Texto oficial

El denunciante no será parte en el proceso ni incurrirá en responsabilidad alguna, excepto por el en que pudiere incurrir.

Qué significa en la práctica

El denunciante no es parte en el proceso ni incurre en responsabilidad por denunciar, salvo el en que pudiera incurrir (por ejemplo, una denuncia falsa).

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