Ley 23.984

Artículo 395Resumen, grabación y versión taquigráfica

Texto oficial

Cuando en las causas de prueba compleja el tribunal lo estimare conveniente, el secretario resumirá al final de cada declaración o dictamen la parte sustancial que deba tenerse en cuenta. También podrá ordenarse la grabación o la versión taquigráfica, total o parcial, del debate.

Qué significa en la práctica

En causas de prueba compleja, el secretario puede resumir al final de cada declaración lo sustancial; también puede ordenarse la grabación o la versión taquigráfica del debate.

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