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Ley 23.984 (Código Procesal Penal de la Nación)
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Art. 517
Ley 23.984
Artículo 517
Sanciones disciplinarias
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Texto oficial
El ministerio fiscal ejecutará las penas pecuniarias de carácter disciplinario a favor del fisco, en la forma establecida en el artículo anterior.
Qué significa en la práctica
El Ministerio Público Fiscal ejecuta las penas pecuniarias de carácter disciplinario a favor del fisco, de la misma forma que las condenas civiles.
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