Ley 24.013

Artículo 108Programas de emergencia ocupacional

Texto oficial

Los programas de emergencia ocupacional consistirán en acciones tendientes a generar empleo masivo por un período determinado a través de contratación directa del Estado nacional, provincial y municipal para la ejecución de obras o servicios de utilidad pública e intensivos en mano de obra. El plazo mínimo de contratación se reducirá a tres (3) meses.

Qué significa en la práctica

En la emergencia, el Estado genera empleo masivo y transitorio con obras y servicios públicos intensivos en mano de obra.
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