Artículo 110Beneficiarios de los programas de emergencia
Texto oficial
Los programas de emergencia ocupacional se ejecutarán en las zonas más pobladas dentro de la zona en emergencia y sus beneficiarios serán los residentes en las áreas más próximas a la ejecución de las obras, dándole prioridad a los trabajadores desocupados sin prestaciones por desempleo.
Qué significa en la práctica
Los programas priorizan a los desocupados de la zona que no cobran seguro de desempleo.