Ley 24.013

Artículo 117Duración de las prestaciones

Texto oficial

El tiempo total de prestación estará en relación al período de cotización dentro de los tres años anteriores al cese, según la siguiente escala: de 12 a 23 meses de cotización, 4 meses de prestación; de 24 a 35 meses, 8 meses; 36 meses o más, 12 meses. Para los trabajadores eventuales, la duración será de un (1) día por cada tres (3) de servicios prestados con cotización, computándose contrataciones superiores a treinta días.

Qué significa en la práctica

Cuánto tiempo cobrás el seguro depende de cuánto aportaste: con 12 a 23 meses, 4 meses de seguro; con 24 a 35, 8 meses; con 36 o más, 12 meses. Los eventuales cobran 1 día por cada 3 trabajados.
← Ver en Ley Nacional de Empleo completaLeyes