Ley 24.013

Artículo 121Obligaciones de los beneficiarios

Texto oficial

Los beneficiarios están obligados a: a) Proporcionar la documentación y comunicar cambios de domicilio; b) Aceptar los empleos adecuados ofrecidos y asistir a las acciones de formación; c) Aceptar los controles de la autoridad; d) Solicitar la extinción o suspensión del pago al incorporarse a un nuevo puesto; e) Reintegrar los montos indebidamente percibidos; f) Declarar las gratificaciones por cese de los últimos seis meses.

Qué significa en la práctica

El que cobra el seguro debe: aceptar empleos adecuados y capacitarse, avisar si consigue trabajo (para dar de baja el seguro) y devolver lo cobrado de más.
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