Ley 24.013

Artículo 123Extinción del derecho

Texto oficial

El derecho a la prestación se extinguirá cuando el beneficiario: a) agote el plazo de duración; b) obtenga beneficios previsionales o prestaciones no contributivas; c) celebre de trabajo por más de doce meses; d) obtenga las prestaciones mediante fraude, o reticencia; e) continúe percibiéndolas cuando correspondía la suspensión; f) incumpla las obligaciones de los incisos d) y e) del art. 121; g) no declare las gratificaciones por cese; h) se niegue reiteradamente a aceptar empleos adecuados.

Qué significa en la práctica

El seguro se pierde definitivamente cuando se agota el plazo, conseguís un trabajo estable (más de 12 meses), te jubilás, lo obtuviste con fraude o rechazás reiteradamente empleos adecuados.
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