Ley 24.013

Artículo 133Estadísticas laborales

Texto oficial

El Ministerio de Trabajo diseñará y ejecutará programas de estadísticas e información laboral, coordinados con el INDEC e integrados al Sistema Estadístico Nacional. A tal fin elaborará encuestas, organizará un banco de datos e intervendrá en el diseño de los censos y encuestas oficiales sobre empleo, formación, ingresos y productividad.

Qué significa en la práctica

Encarga al Ministerio las estadísticas laborales, en coordinación con el INDEC.
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