Artículo 146Modificación del aporte de asignaciones familiares
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 23 — Ley 18.017 (modificado por la Ley 23.568): fíjase como aporte obligatorio de los empleadores el nueve por ciento (9 %) sobre el total de las remuneraciones, incluido el . De ese 9 %, un punto y medio (1,5) se destina al Fondo Nacional del Empleo y los siete y medio (7,5) restantes a la Caja de Asignaciones Familiares.
Qué significa en la práctica
Fijó la contribución patronal de asignaciones familiares en 9%, de los cuales 1,5 puntos van al Fondo Nacional del Empleo.