Ley 24.013

Artículo 18Sistema Único de Registro Laboral

Texto oficial

El Sistema Único de Registro Laboral concentrará los siguientes registros: a) La inscripción del empleador y la afiliación del trabajador al Instituto Nacional de Previsión Social, a las cajas de subsidios familiares y a la obra social correspondiente; b) El registro de los contratos de trabajo bajo modalidades promovidas; c) El registro de los trabajadores beneficiarios del sistema integral de prestaciones por desempleo.

Qué significa en la práctica

Crea un registro único que concentra la inscripción del trabajador en la seguridad social, los contratos promovidos y los beneficiarios del seguro de desempleo.
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