Para poder contratar bajo las modalidades promovidas, el empleador no deberá tener deudas exigibles con los organismos previsionales, de asignaciones familiares, obra social, FO.NA.VI., Fondo Nacional del Empleo y asociaciones sindicales.
Qué significa en la práctica
[DEROGADO por la ] El empleador con deudas previsionales no podía usar las modalidades promovidas.