Artículo 4Funciones en materia de empleo (Ley de Ministerios)
Texto oficial
Inclúyense como incisos 21, 22 y 23 del artículo 23 de la Ley de Ministerios (t.o. 1983): 21. Entender en la elaboración de políticas y programas de empleo. 22. Entender en la elaboración de estadísticas, estudios y encuestas sobre el empleo, la formación profesional y los ingresos. 23. Intervenir en la definición de los censos y encuestas oficiales en lo referente al empleo.
Qué significa en la práctica
Suma a las funciones del Ministerio de Trabajo (en la Ley de Ministerios) las políticas de empleo y las estadísticas laborales.