Artículo 50Exención de contribuciones (lanzamiento) (derogado)
Texto oficial
El empleador será eximido del pago del cincuenta por ciento (50 %) de las contribuciones patronales por este tipo de a las cajas de jubilaciones, al INSSJP, a las cajas de asignaciones y subsidios familiares, y al Fondo Nacional de Empleo.
Qué significa en la práctica
[DEROGADO por la ] El incentivo del por lanzamiento: la mitad de las contribuciones patronales.