Artículo 53Requisitos de la práctica laboral (derogado)
Texto oficial
Serán requisitos para celebrar estos contratos: a) Que los trabajadores acrediten formación técnica, profesional o laboral que los habilite, mediante certificación reconocida por el Ministerio de Trabajo; b) Que la práctica laboral sea adecuada a su nivel de formación.
Qué significa en la práctica
[DEROGADO por la ] Requisitos del de práctica laboral.