Artículo 57Exención de contribuciones (práctica) (derogado)
Texto oficial
Los empleadores que adopten esta modalidad quedan exentos por estos contratos de las contribuciones patronales a las cajas de jubilaciones, al INSSJP y a las cajas de asignaciones y subsidios familiares.
Qué significa en la práctica
[DEROGADO por la ] El empleador se eximía de las contribuciones patronales por la práctica laboral.