Ley 24.013

Artículo 78Caución de las empresas de servicios eventuales

Texto oficial

Las empresas de servicios eventuales estarán obligadas a caucionar una suma de dinero o valores además de una fianza o garantía real. Los montos y condiciones serán determinados por la reglamentación.

Qué significa en la práctica

Estas agencias deben dejar una garantía (caución) para responder por las obligaciones laborales.
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