Artículo 81Programas para grupos con dificultades de inserción
Texto oficial
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establecerá periódicamente programas destinados a fomentar el empleo de los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral. Estos programas deberán atender a las características de los trabajadores a quienes van dirigidos y tendrán una duración determinada.
Qué significa en la práctica
Faculta al Ministerio de Trabajo a crear programas de empleo para los grupos que más cuesta insertar laboralmente.