Ley 24.013

Artículo 92Medidas de fomento de los emprendimientos

Texto oficial

Se establecerán, conjunta o alternativamente, las siguientes medidas de fomento: a) Simplificación registral y administrativa; b) Asistencia técnica; c) Formación y reconversión profesional; d) Capacitación en gestión; e) Fondos solidarios de garantía para acceder al crédito; f) Prioridad en el pago único de la prestación por desempleo del artículo 127.

Qué significa en la práctica

Lista los apoyos a los nuevos emprendimientos: trámites simples, asistencia técnica, capacitación, garantías para créditos y el pago único del seguro de desempleo para emprender.
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