Ley 24.013

Artículo 96Negociación en la reestructuración

Texto oficial

En la resolución que declare la reestructuración productiva, el Ministerio convocará a la comisión negociadora del para negociar sobre: a) un programa de gestión preventiva del desempleo; b) las consecuencias en las condiciones de trabajo y empleo; c) medidas de reconversión y reinserción de los trabajadores. La comisión se expedirá en treinta (30) días. El empleador no podrá adoptar medidas que afecten el empleo hasta que se expida la comisión o venzan los plazos.

Qué significa en la práctica

Declarada la reestructuración, se abre una negociación para prevenir el desempleo, y el empleador no puede tomar medidas que afecten el empleo mientras dura.
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