Ley 24.013

Artículo 97Medidas en la reestructuración

Texto oficial

En los sectores declarados en reestructuración productiva, el Ministerio podrá: a) constituir una comisión técnica tripartita para estudiar la situación; b) autorizar a empresas no reestructuradas con más de veinticinco trabajadores a ampliar en un diez por ciento el límite del artículo 34 para contratar trabajadores afectados; c) elaborar un programa de empleo y reconversión profesional para los afectados.

Qué significa en la práctica

Da herramientas para la reestructuración: estudios tripartitos, facilitar que otras empresas tomen a los trabajadores afectados y programas de reconversión.
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