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Ley 24.073

VigenteNacional

Reforma Tributaria de 1992 (Ganancias, Activos, IVA y normalización)

Sanción:2 de abril de 1992Promulgación:8 de abril de 1992BO:13 de abril de 1992Ver fuente oficial
43artículos
impuesto a las gananciasimpuesto sobre los activosnormalización tributariaquebrantosIVAreforma tributaria
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Una de las grandes reformas tributarias de los años 90. La Ley de reforma tributaria 1992 reordenó el Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 1986) y el Impuesto sobre los Activos, introdujo un régimen de normalización tributaria que permitió exteriorizar (blanquear) moneda extranjera y divisas pagando un impuesto especial, ajustó el IVA y la Ley de Procedimiento Tributario de procedimiento, y —su aspecto más recordado— convirtió los quebrantos impositivos acumulados en créditos fiscales tratados como deuda del Estado al 31 de marzo de 1991. Está organizada en títulos, uno por materia.

Objetivo

Modernizar y ordenar el sistema tributario nacional reformando Ganancias y Activos, facilitando la exteriorización de capitales y resolviendo el tratamiento de los quebrantos acumulados.

Problema que resuelve

El sistema tributario arrastraba distorsiones y quebrantos acumulados sin tratamiento claro, y había capitales no declarados. La ley reordena los impuestos y da un mecanismo para normalizar tenencias y quebrantos.

A quiénes alcanza

contribuyentes de Ganancias y Activosempresas con quebrantos acumuladospersonas con tenencias en el exteriorAFIP/DGI
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Para exteriorizar moneda extranjera y divisas debe transferirse al país o depositarse según el régimen y pagarse el impuesto especial.
  • El impuesto especial de la normalización debe ingresarse mediante depósito bancario en la forma que fije la DGI.
  • Debe acreditarse el cumplimiento de los requisitos (permanencia del depósito, certificados) para gozar de los beneficios.

Derechos que reconoce

  • Los contribuyentes que normalizan tenencias quedan liberados de obligaciones fiscales por los períodos e impuestos alcanzados.
  • Los quebrantos acumulados se transforman en créditos fiscales reconocidos como deuda del Estado.
  • El producido del gravamen especial se coparticipa según la Coparticipacion Federal de Impuestos.

Casos de uso

  • Una empresa con quebrantos acumulados obtiene un crédito fiscal tratado como deuda del Estado al 31/3/1991.
  • Una persona con divisas en el exterior las exterioriza pagando el impuesto especial y queda liberada de obligaciones anteriores.
  • Un contribuyente liquida Ganancias con las nuevas reglas introducidas por la reforma.

Preguntas frecuentes

Reformó el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Activos, modificó el IVA y la Ley de Procedimiento Tributario, creó un régimen de normalización tributaria para exteriorizar divisas y convirtió los quebrantos acumulados en créditos fiscales.