Ley 24.144

Artículo 1Naturaleza del Banco Central

Texto oficial

El Banco Central de la República Argentina es una entidad autárquica del Estado nacional regida por las disposiciones de la presente Carta Orgánica y las demás normas legales concordantes. El Estado nacional garantiza las obligaciones asumidas por el banco. Salvo expresas disposiciones en contrario establecidas por ley, no serán de aplicación al banco las normas, cualquiera sea su naturaleza, que con alcance general hayan sido dictadas o se dicten para organismos de la Administración Pública Nacional, de las cuales resulten limitaciones a la o facultades que le reconoce esta Carta Orgánica. (Artículo sustituido por Art. 1 — Reforma de la Carta Organica del BCRA (2012) B.O. 28/3/2012)

Qué significa en la práctica

El Banco Central de la Republica Argentina es una entidad autarquica del Estado nacional regida por esta Carta Organica.

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