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Art. 10
Ley 24.156
Artículo 10
Ejercicio financiero
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Texto oficial
El ejercicio financiero del sector público nacional, comenzará el primero de enero y terminar el treinta y uno de diciembre de cada año.
Qué significa en la práctica
El ejercicio financiero del sector público nacional comienza el 1 de enero y cierra el 31 de diciembre.
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