Facúltase al órgano coordinador de los sistemas de administración financiera a afectar los créditos presupuestarios de las jurisdicciones y organismos descentralizados, destinados al pago de los servicios públicos y de otros conceptos que determine la reglamentación.
Qué significa en la práctica
Faculta al órgano coordinador a modificar y reasignar créditos en los límites previstos.