Ley 24.467

Artículo 77Repetición

Texto oficial

Repetición. Si la Sociedad de Garantía Recíproca ha afianzado una solidaria de varios socios, podrá repetir de cada uno de ellos el total de lo que hubiere pagado. Sección VIII De la extinción del de garantía recíproca

Qué significa en la práctica

Regula la repetición cuando la SGR afianza una solidaria de varios socios.
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