Ley 24.467

Artículo 90Movilidad interna (convenios colectivos)

Texto oficial

Los convenios colectivos de trabajo referidos a la poqueña empresa podrán modificar en cualquier sentido las formalidades, requisitos, aviso y oportunidad de goce de la licencia anual ordinaria. No podrá ser materia de disponibilidad convencional lo dispuesto en el último párrafo del artículo 154 del Régimen de de Trabajo (L.C.T., texto ordenado 1976).

Qué significa en la práctica

Los convenios colectivos de la pequeña empresa pueden modificar la movilidad interna del trabajador.
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