En las pequeñas empresas el se computará a partir del día siguiente al de su comunicación por escrito, y tendrá una duración de un (1) mes cualquiera fuere la antigüedad del trabajador. Esta norma regirá exclusivamente para los trabajadores contratados a partir de la vigencia de la presente ley. Sección VII Formación profesional
Qué significa en la práctica
En las pequeñas empresas el se computa a partir del día siguiente al de su comunicación.