Ley 24.467

Artículo 98Extinciones por causas económicas

Texto oficial

Cuando las extinciones de los contratos de trabajo hubieran tenido lugar como consecuencia de un procedimiento preventivo de crisis, el Fondo Nacional de Empleo podrá asumir total o parcialmente las indemnizaciones respectivas o financiar acciones de capacitación y reconversión para los trabajadores despedidos. Sección IX Negociación colectiva

Qué significa en la práctica

Regula las extinciones de contratos por causas económicas.
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