Ley 24.521

Artículo 46CONEAU

Texto oficial

La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado, que funciona en del Ministerio de Cultura y Educación. y que tiene por funciones: a) Coordinar y llevar adelante la evaluación externa prevista en el artículo 44: b) Acreditar las carreras de grado a que se refiere el artículo 43, así como las carreras de posgrado, cualquiera sea el ámbito en que se desarrollen, conforme a los estándares que establezca el Ministerio de Cultura y Educación en consulta con el Consejo de Universidades: c) Pronunciarse sobre la consistencia y viabilidad del proyecto institucional que se requiere para que el Ministerio de Cultura y Educación autorice la puesta en marcha de una nueva institución universitaria nacional con posterioridad a su creación o el reconocimiento de una institución universitaria provincial; d) Preparar los informes requeridos para otorgar la autorización provisoria y el reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas, así como los informes en base a los cuales se evaluara el periodo de funcionamiento provisorio de dichas instituciones.

Qué significa en la práctica

Crea la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) como organismo descentralizado.

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