Tanto las exportaciones como las importaciones destinadas a ser exhibidas en galerías, museos, organismos públicos, entidades privadas, etcétera, podrán recibir el auspicio y/o el apoyo de la . (Artículo sustituido por Art. 46 — Ley 27.444 B.O. 18/6/2018)
Qué significa en la práctica
Las importaciones y exportaciones destinadas a exhibirse en galerías, museos, organismos públicos o entidades privadas pueden recibir el auspicio o apoyo de la . (Reformado por la Ley 27.444.)