Ley 24.660

Artículo 102Calificación trimestral

Texto oficial

— La calificación de conducta y concepto será efectuada trimestralmente, notificada al interno en la forma en que reglamentariamente se disponga y formulada de conformidad con la siguiente escala: a) Ejemplar; b) Muy buena; c) Buena; d) Regular; e) Mala; f) Pésima.

Qué significa en la práctica

La conducta y el concepto se califican trimestralmente y se notifican al interno, según la escala: ejemplar, muy buena, buena, regular, mala y pésima.

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