Artículo 185Medios mínimos de los establecimientos
Texto oficial
Los establecimientos destinados a la ejecución de las penas privativas de libertad, atendiendo a su destino específico, deberán contar, como mínimo, con los medios siguientes:
a) Personal idóneo, en particular el que se encuentra en contacto cotidiano con los internos, que deberá ejercer una actividad predominantemente educativa;
b) Un organismo técnico-criminológico del que forme parte un equipo multidisciplinario constituido por un psiquiatra, un psicólogo y un asistente social y en lo posible, entre otros, por un educador y un abogado, todos ellos con especialización en criminología y en disciplinas afines;
c) Servicio médico y odontológico acorde con la ubicación, tipo del establecimiento y necesidades;
d) Programas de trabajo que aseguren la plena ocupación de los internos aptos;
e) Biblioteca y escuela a cargo de personal docente con título habilitante, con las secciones indispensables para la enseñanza de los internos que estén obligados a concurrir a ella;
f) Capellán nombrado por el Estado o adscripto honorariamente al establecimiento;
g) Consejo Correccional, cuyos integrantes representen los aspectos esenciales del tratamiento;
h) Instalaciones para programas recreativos y deportivos;
i) Locales y medios adecuados para alojar a los internos que presenten episodios psiquiátricos agudos o cuadros psicopáticos con graves alteraciones de la conducta;
j) Secciones separadas e independientes para el alojamiento y tratamiento de internos drogodependientes;
k) Instalaciones apropiadas para las diversas clases de visitas autorizadas;
l) Un equipo compuesto por profesionales especializados en la asistencia de internos condenados por los delitos previstos en Título III del Libro Segundo del Código Penal de la Nación Argentina.
(Artículo sustituido por Art. 37 — Reforma de la Ejecución Penal 2017 B.O. 28/07/2017)
Qué significa en la práctica
Detalla los medios mínimos: personal idóneo de rol educativo, organismo técnico-criminológico multidisciplinario, servicio médico y odontológico, programas de trabajo, biblioteca y escuela, capellán, Consejo Correccional, instalaciones recreativas, secciones para episodios psiquiátricos y para drogodependientes, y un equipo para condenados por delitos sexuales. (Reforma Reforma de la Ejecución Penal 2017.)