Ley 24.660

Artículo 205Planes de enseñanza

Texto oficial

— Los planes y programas de enseñanza en los cursos de formación, actualización y perfeccionamiento, con contenido predominantemente criminológico, deberán incluir el estudio de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos y el Código de Conducta para los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, aprobado por Resolución 34/169 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 17 de diciembre de 1979. Personal no institucional

Qué significa en la práctica

Los cursos de formación, con contenido predominantemente criminológico, deben incluir las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos y el Código de Conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

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