Resumen ejecutivo
La Ley de Monumentos Naturales (ciervos andinos) (1996) protege a dos ciervos andinos emblemáticos y amenazados —el huemul (Hippocamelus bisulcus), símbolo del escudo patagónico, y la taruca (Hippocamelus antisensis) del noroeste— declarándolos monumentos naturales en los términos del Art. 8 — Ley de Parques Nacionales de , la máxima categoría de protección de una especie. Encomienda a la Administración de coordinar con la Dirección de Fauna y Flora Silvestres un plan de manejo en las áreas de su , e invita a las provincias a adoptar y coordinar planes de manejo y protección en sus territorios.Objetivo
Dar máxima protección legal (monumento natural) al huemul y la taruca, ciervos andinos amenazados.Problema que resuelve
El riesgo de extinción del huemul y la taruca; les otorga la protección de monumento natural.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes