Ley 24.767

Artículo 117Reextradición y autorización para juzgar

Texto oficial

Los pedidos de reextradición o de autorización para juzgar a un extraditado por hechos anteriores a una concesión de extradición, serán de del juez que intervino en el tramite de la extradición que motiva la solicitud.

Qué significa en la práctica

Los pedidos de reextradición o de autorización para juzgar a un extraditado por hechos anteriores son del juez que intervino en la extradición que los motiva.

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