Ley 24.977

Artículo 50Inscripción de los asociados al iniciar la cooperativa

Texto oficial

Las cooperativas de trabajo que inicien su actividad, en la oportunidad de solicitar su inscripción ante la AFIP, deberán solicitar también la adhesión al Régimen Simplificado de cada uno de sus asociados o, en su caso, al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente del Título IV, en los términos, plazos y condiciones que disponga la AFIP.

Qué significa en la práctica

Una cooperativa de trabajo nueva, al inscribirse, debe adherir a la vez a cada uno de sus asociados al Monotributo o al régimen de inclusión, según corresponda.
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